LEGISLACIÓN

Noticias y Tendencias Inmobiliarias

05/11/2021

Nueva modificación de la Ley de Propiedad Horizontal

La ley que regula la Ley de Propiedad Horizontal es la 49/1960, de 21 de julio. A lo largo del tiempo ha tenido varias mejoras y actualizaciones, la última el pasado 6 de octubre de 2021, con el nuevo Real Decreto-ley 19/2021, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el que se aporta la siguiente modificación: Ver más.

04/11/2021

Derecho de Tanteo y Retracto. Adquisición Preferente en el Arrendamiento de la Vivienda

Hemos oído muchas veces la posibilidad de ejercer el derecho de tanto o retracto en la compraventa de una vivienda, y la necesidad de tener en cuenta dichos derechos a la hora de firmar un contrato de arrendamiento. Pero, ¿sabemos en qué consisten realmente dichos derechos? ¿En qué se diferencian los derechos de tanteo y retracto? Ver más.

04/11/2021

Fin del artículo 28 de la ley hipotecaria, mayor seguridad para las herencias

El viernes tres de septiembre se eliminó el artículo 28 de la Ley Hipotecaria de manera que las viviendas heredadas quedan libres de carga para la venta. Dicho artículo expresa que; hay un plazo de dos años en el que los bienes de un fallecido sin herederos forzosos no tendrán efecto en el Registro. Si alguien muere sin herederos la vivienda no será de ellos hasta que transcurran 24 meses. Ver más.

03/11/2021

El 30% reservado a VPO en las nuevas promociones, potestad municipal

Una de las medidas que incluye la nueva Ley de la Vivienda, afecta directamente a la edificación de viviendas protegidas, o más conocidas como VPO (Viviendas de Protección Oficial).Al menos el 30% de las nuevas promociones de viviendas que se construyan en el España, deben ser bajo la calificación de vivienda protegida, pero esta potestad se le da directamente a los ayuntamientos. Ver más.

02/11/2021

Avalistas en el contrato de alquiler, su responsabilidad

A la hora de alquilar una vivienda, se han de cumplir una serie de requisitos;En primer lugar demostrar cierta solvencia para hacer frente al pago periódico de la renta al propietario y los gastos de honorarios a la agencia. Respecto a la solvencia se han de analizar su estabilidad laboral e ingresos, para lo cual es común solicitar el contrato de trabajo y las últimas nóminas. Ver más.